Discurso, hegemonía y desigualdad desde el Acuerdo de París en la Tierra del Fuego

En los años setenta los movimientos sociales y las evidencias científicas sobre la problemática ambiental alertaron ante las instancias gubernamentales a nivel global. Diversos países fueron convocados con el objeto de establecer estrategias en torno a la crisis climática global y así lograr retrasar sus efectos, mitigar la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia principalmente antropocéntrica. En la actualidad esta realidad compleja no ha cambiado, por el contrario se han intensificado las manifestaciones de los fenómenos climáticos, como: acidificación de los océanos, desaparición de biomasa; cambios en los patrones y la cantidad de lluvia; cambios en los ecosistemas; aumentos en la frecuencia y la intensidad de olas de calor, sequías, e inundaciones; migraciones, entre otras. Al no cuestionar el modelo de desarrollo imperante, tales convocatorias poco han contribuido con la mitigación de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), una de las principales causas del cambio climático. Aunado a ello, ¿tendría incidencia, también, el hecho de que las respuestas a nivel internacional ante este fenómeno hayan estado dominadas por instrumentos del mercado? Al hablar en esas reuniones del “comercio de derechos de emisión”, ¿se estará percibiendo como mercancía los GEI y como un nicho de mercado la capacidad del planeta para regular el clima?

Estas interrogantes pueden servir de abreboca para algunas otras más que han venido y vendrán surgiendo a la hora de aproximarse en materia de las relaciones de poder que se establecen en las sesiones donde lo que se negocia es el clima, qué países son los que imponen la agenda internacional para tratar el este fenómeno transfronterizo. Tomamos como punto de partida para nuestra reflexión la relación de tensión entre ciencia, tecnología y política en términos de negociación del clima, y la relación desigual entre los países industrializados y los países menos industrializados respecto a cómo son denominados en el Acuerdo de París los estados insulares por no responder a los modelos de desarrollo que han imperado en los estilos de vida modernos bajo el paradigma cientificista, y pondremos como ejemplo el caso particular de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por ser un estado insular con esta caracterización.

La crisis climática global

A partir de la década de los años setenta, la Organización de Naciones Unidas (ONU) en conjunto con otros órganos, organizaciones y organismos, propician encuentros con representantes de los gobiernos más destacados dentro del orden internacional y científicos reconocidos a nivel mundial, entre otros agentes, para encontrar “salidas” ante “los cambios del clima de la Tierra y sus efectos adversos” (CMNUCC, 1992). Dos décadas más tarde comenzaría en Berlín (1995) la primera de las Conferencias de las Partes (COP), llevadas a cabo anualmente y establecidas por el órgano de la ONU responsable de sobrellevar los esfuerzos internacionales para solventar todo lo concerniente al cambio climático global, a saber, la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). La COP surge con el objetivo de evaluar los registros de emisiones que presentan los países denominados “desarrollados” y “en vías de desarrollo”, así como los efectos de las medidas que estos adoptan, tomando como soporte la información analizada por el cuerpo asesor en materia científico-técnica (el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático, IPCC por sus siglas en inglés), con la función de “mitigar” y “combatir” a largo plazo el cambio climático a través de la “estabilización” de los niveles de emisiones antropogénicas de los GEI. 


















Aprovechándose del carácter no vinculante, en términos legales, de este instrumento internacional, los países industrializados manifiestan poca intensión en adoptar medidas necesarias para llegar a los objetivos de las respectivas COP, precisamente como forma de salvaguardar sus intereses políticos, pero principalmente económicos, y poder mantener sus “estándares” de vida. Por consiguiente se generan acuerdos entre estas Partes para legitimar lo oral en lo escrito dejando como resultado una serie de consensos jurídicamente vinculantes a los que se llegan después de varios periodos de sesiones y bajo una serie de normas y procedimientos para tratar los efectos del clima con estrategias del mercado impuestas por los países del Norte global. El Protocolo de Kyoto y el Acuerdo de París (COP3 y COP21 de la CMNUCC, respectivamente) son referentes dentro de este compendio de acuerdos y resoluciones. En el caso del Protocolo de Kyoto, éste marca un precedente en materia de “mercados de carbono”: en ella los países denominados “desarrollados” proponen conjugar los intereses del mercado con la mitigación del cambio climático (artículo 2 del Protocolo1). Los países industrializados, quienes generan más GEI, con el “tope o trueque” tienen la posibilidad de “comprar” a otros países con menos capacidad productiva su cuota de emisiones, o financiar --bajo el sistema de “compensaciones”-- “proyectos de ahorro de emisiones” en territorios de países menos contaminantes (como ejemplo de ello existe un programa dirigido por la ONU denominado Mecanismo de Desarrollo Limpio o MDL). Por su parte el Acuerdo de París constituye la “resolución” de un prolongado proceso de negociaciones para reformar los compromisos de las COP desde 1997, que por medio de lecciones aprendidas establecen incrementar la capacidad de adaptación, potenciar la resiliencia y disminuir la vulnerabilidad al cambio climático global bajo objetivos jurídicamente vinculantes, como lo explica en su artículo 10: “Las Partes, teniendo en cuenta la importancia de la tecnología para la puesta en práctica de medidas de mitigación y adaptación en virtud del presente Acuerdo (...)deberán fortalecer su acción cooperativa en el desarrollo y la transferencia de tecnología” (CMNUCC, 2015, p.32)2. Marco reflexivo CTS Asumiendo la construcción social de la ciencia y la tecnología, éstas poseen un marco de reflexividad condicionada por el contexto social, donde a través de interacciones entre fenómenos científico--técnicos y sociales mantienen una relación de creciente tensión, relación transversalizada por dinámicas políticas, económicas, y culturales. En los Estudios Sociales de Ciencia y Tecnología (ESCyT) se ha abordado esta tensión desde hace algunos años (Thomas et. al., 2008), discutiéndose cómo articular los cambios sociales que logra la tecnología y, a su vez, los cambios científico--tecnológicos precedidos por procesos sociales: ¿en qué medida los conocimientos científicos “aceptados” están vinculados con ciertos intereses políticos, económicos y/o sociales? ¿Cómo se conforman redes que condicionan a la ciencia y a la tecnología a establecer criterios de investigación?
Es de suma importancia indagar en las relaciones que se establecen entre los diversos actantes que conforman estas redes, su identidad, su importancia respectiva, su posición; cómo estos actores y actantes someten y posibilitan las decisiones imperantes en los acuerdos; es decir, hacer visible las relaciones de poder que se entretejen dentro de las COP, quiénes (científicos, organismos multilaterales, Estados, entre otros) marcan la pauta en términos propositivos, acentuando la agenda dominante, a quiénes, de dónde y por qué excluyen.


ACD como herramienta teórico-metodológica

Tomando en consideración que dentro de estos acuerdos se encuentran vacíos textuales -entendiéndose a éstos como todo aquello que no se encuentra directamente en el texto, como el contexto donde se efectuaron dichas COP, por ejemplo-, Fairclough (1995)3 expone que "el análisis textual puede en ocasiones dar excelentes explicaciones sobre qué hay “en” un texto, pero lo que está ausente del texto puede ser igualmente significativo desde la perspectiva del análisis sociocultural”. De acuerdo con lo planteado, logramos visibilizar dentro del acuerdo “la dimensión discursiva del abuso del poder”: cómo a través del discurso se reproducen desigualdades e “injusticia social”, plasmadas por quiénes disponen de “estructuras discursivas y de comunicación aceptables y legitimadas por la sociedad4”, convirtiéndose, el discurso y la comunicación, en los instrumentos de preferencia entre las élites para la dominación (van Dijk, 1994). He ahí la pertinencia de rastrear en este acuerdo lo no visible a lo evidente, al denotar ––precisamente-- aquellas acciones implícitas que se encuentran en la actividad discursiva, donde a través del estudio crítico del discurso y su relación “tríadica entre discurso (entendido como expresión sígnica interactiva) cognición social y sociedad” (Van Dijk, 1997 en Pardo, 2012), se evidencian problemas sociales y políticos.

En este sentido el Análisis Crítico del Discurso (ACD) es una herramienta teórico--metodológica que procura visibilizar la dimensión discursiva del abuso del poder: cómo a través del discurso se reproducen desigualdades e “injusticia social”, plasmadas por quiénes disponen de “estructuras discursivas y de comunicación aceptables y legitimadas por la sociedad ”, convirtiéndose, el discurso y la comunicación, en los instrumentos de preferencia entre las élites para la dominación (van Dijk, 1994). El acto discursivo como señala Austin (en Bourdieu, 1985) no sólo tiene la función de “descubrir un estado de cosas o afirmar un hecho cualquiera”, más bien se trata de ejecutar una acción, de hacer cosas.

El Acuerdo de París y La Tierra del Fuego

Dentro de las afectaciones por los fuertes cambios en el clima, así como los diversos fenómenos biofísico--químicos que se han evidenciado luego de la revolución industrial a principios del siglo XVIII, se encuentran aquellas devenidas en los territorios al Sur de Argentina, conocidos como patagónicos, allí la biodiversidad es única --sin denominarlo prístino pues caeríamos en una completa contradicción al hacer mención del antropocentrismo en su mejor esplendor dando forma y transformándolo en paisajes--, y por ende la vulnerabilidad es mayor ante los efectos adversos del cambio climático. La Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur formar parte de un vasto territorio insular, antártico y marítimo con algunos en disputas, de una superficie aproximada de 1 002 445 km² que se extiende desde la Isla Grande de Tierra del Fuego al Polo Sur, incluyendo la Isla de los Estados, las Islas Malvinas, las Islas del Atlántico Sur y la Península Antártica. Dentro de su economía destacan la producción industrial, hidrocarburos ––gas principalmente--, la pesca, la ganadería, entre otras reduciendo al máximo la complejidad para efectos de estas reflexiones. Sería bueno preguntarse ¿cuántos representantes estará teniendo Argentina en las COP o las diferentes reuniones donde intervienen las Partes que conforman esta conferencia? O mejor representantes que funjan como interlocutores de las realidades heterogéneas del territorio patagónico con cierto grado de vulnerabilidad ante la cual la adaptación surge como primera alternativa.



En el caso del Acuerdo de París se logra observar de manera explícita el uso de descalificativos respecto a los países periféricos y que en estas discusiones y negociaciones por el clima llevan desventaja por sobre los que son desarrollados bajos los parámetros de la ciencia positivista, mecanicista heredada de la razón cartesiana, ejemplo de ello está el Artículo 8 apartado 9 del Acuerdo:

“Las instituciones al servicio del presente Acuerdo, incluidas las entidades encargadas del funcionamiento del Mecanismo Financiero de la Convención, procurarán ofrecer a las Partes que son país en desarrollo, en particular a los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, u acceso eficiente a los recursos financieros mediante procedimientos de aprobación simplificados y un mayor apoyo para la preparación, en el contexto de sus planes y estrategias nacionales sobre el clima.” (CMNUCC, 2015, p.15)

Precisamente por no responder a los paradigmas organicistas de los procesos predominantes establecidos en la sociedad moderna, donde la racionalidad instrumental ha determinado con su marco de observación mecanicista devenido de la razón cartesiana los principios constitutivos de una teoría económica que se ha mantenido legitimando una falsa idea de progreso de la civilización moderna. (Leff, 1998)

Algunas reflexiones finales

Estamos a la espera de la COP25 a celebrarse en Chile este próximo mes de diciembre, diversos países vamos a ver qué se decidirá después de un largo periodo de sesiones, el Acuerdo de París entró en vigor el pasado 2016. Queremos acciones ante las miles de soluciones que de cada rincón de la orbe van surgiendo con iniciativas desde la academia, los movimientos sociales, activistas, ongs, dejando a un lado esa forma homogénea heredada de la racionalidad mecanicista. Ya hemos visto jóvenes levantarse desde varias partes del mundo, adolescentes preocupadxs por su futuro, alzando su voz en nombre de todxs lxs que día a día ejecutamos estrategias para tratar el cambio climático y sus afectaciones ya expresadas en la vida cotidiana del ser humano posmoderno.

Esperamos que logremos fortalecer los lazos que entretejemos en nuestros territorios con otrxs compañerxs de diversas partes es urgente, el llamado ya no puede esperar, aprovechemos que es en nuestro Sur global. Sabemos que la transformación es inminente, sólo debemos estar trabajando en conjunto. Cooperación y alianza entre pueblos invisibilizados en las toma de decisiones a la hora de tratar la cuestión del clima.


 Notas al pie:

1. Ver más en CMNUCC, 1998, p. 2.
2. Ver más en CMNUCC, 2015, p.24.
3Ver más en Fairclough N. (1995): General introduction. En Critical discourse analysis. The critical study of language. London and New York: Longman, pp. 1--20. Traducción y adaptación de Federico Navarro, Universidad de Buenos Aires, Argentina.
4“De hecho, el uso del lenguaje, que implica tanto la manera como la materia del discurso, depende de la posición social del locutor, posición que rige el acceso que éste pueda tener a la lengua de la institución, a la palabra oficial, ortodoxa, legítima. Pues es el acceso a los instrumentos legítimos de expresión, y, por tanto, a la participación en la autoridad de la institución, lo que marca toda la diferencia --irreductible al propio discurso--” (Bourdieu, 1985, p. 69).

Referencias bibliográficas


  • CMNUCC, (1998) “Protocolo de Kioto”, ONU.
  • CMNUCC, (2015) “Acuerdo de París”, ONU.
  • FAIRCLOUGH, Norman (1995) “General Introduction: Critical Discourse Analysis”, London and New York: Longman.
  • LAW, John (1998) Del poder y sus tácticas. Un enfoque desde la sociología de la ciencia. En Doménech M. y Tirado F.J. (Comps.) Sociología simétrica. Ensayos sobre, ciencia, tecnología y sociedad. Editorial Gedisa, Barcelona, España, pp. 63--107.
  • LEFF, Enrique (1998) “saber ambiental. Sustentabilidad, racionalidad, complejidad, poder.” primera edición, siglo xxi editores, s.a.,
  • VAN DIJK, Teun (1994) Discurso, poder y cognición social, en Cuadernos Maestría en Lingüística N° 2 Año 2, conferencias de Teun A. van Dijk, Universidad del Valle.

Comentarios

Entradas populares